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NORMATIVA FORMACIÓN COMPETENCIAS COMUNES
El 20 de mayo de 2005, se publicó la Orden del Departamento de Salud y Consumo, por la que se crea y regula la Comisión de Formación Sanitaria Especializada en Ciencias de la Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Esta Comisión tiene como finalidad informar y asesorar al Departamento en la estrategia de gestión y planificación de la formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y sus objetivos fundamentales son dos:
· Promover e impulsar actividades destinadas a mejorar la formación de especialistas.
· Facilitar la coordinación entre los órganos de gobierno de las diferentes Comisiones de Docencia y de éstas con los órganos de la Administración de la CCAA de Aragón competentes en la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
La razón básica que sustenta la creación del Programa de Formación en Competencias Comunes es asegurar la adquisición de un tronco de habilidades comunes y transversales al conjunto de médicos en formación de las distintas especialidades del Sistema Aragonés de Salud.
Bajo este marco, el Departamento de Salud y Consumo, consciente de la necesidad de promover, planificar y gestionar actuaciones formativas transversales, comunes a la formación de todas las especialidades en Ciencias de la Salud, publicó la Orden de 11 de mayo de 2007 por la que se regula y desarrolla el Programa de Formación en Competencias Comunes para Médicos Internos Residentes.
Las características fundamentales que definen este Programa son las
siguientes:
- Está destinado a todos los Médicos Internos Residentes (MIR) de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Tiene carácter obligatorio.
- Es remunerado para los docentes.
- El cumplimiento del programa está ligado a la productividad variable.
- Es homogéneo y cumple requisitos de calidad metodológicos y de evaluación.
Aunque este Programa fue diseñado para Médicos Internos Residentes, su filosofía en la actualidad es extensible al resto de profesionales sanitarios y al futuro de las nuevas estructuras multiprofesionales para la formación especializada, por lo que el desarrollo del mismo se encuentra abierto a estos Residentes para aquellos contenidos que se estimen oportunos.
Podrán participar en el Programa otros residentes que realizan la formación especializada para las distintas profesiones sanitarias (farmacéuticos, psicólogos, enfermeros, físicos, químicos, biólogos, etc.) en aquellos contenidos que se estimen convenientes, de acuerdo con el criterio que establezcan los Presidentes de las Comisiones de Docencia de los centros y, en su caso, los Jefes de Estudio de las Unidades Docentes, en los que se formen estos especialistas.
EVALUACIÓN
Los contenidos del curso serán evaluados conforme a las normas que establece el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud para sus actividades formativas, que comprenden:
1. Evaluación de la actividad formativa en su conjunto:
El alumno evaluará la actividad formativa, tanto en su forma como en su contenido así como al docente/s que haya/n impartido el curso. Para ello se hará uso de los oportunos cuestionarios de valoración que se pasarán a los alumnos al finalizar cada actividad.
2. Criterios para la evaluación de residentes
El criterio general para superar un curso del programa es la asistencia como mínimo al 80% de las horas lectivas indicadas en el programa del curso.
Un curso se considerará pendiente y deberá realizarse en la siguiente convocatoria, cuando por situaciones de suspensión de contrato, incapacidad temporal, permisos legalmente establecidos y rotaciones externas, no se cumpla el punto anterior.
Puedes ver el contenido de los cursos de competencias comunes MIR/EIR en el desplegable.